cédula provisoria para los autos y las motos

Es para regularizar la titularidad de las unidades que se vendieron y que nunca se transfirieron; estiman que hay un piso de 200.000 vehículos circulando sin los papeles legales

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Una persona compra un auto a otra, pero nunca hace la transferencia, por desidia o simplemente por ignorancia; otra persona hereda un vehículo de un fallecido y, sin juicio sucesorio, lo usa sin tenerlos trámites en regla; otro individuo, en cambio, compra un automóvil a un intermediario sin papeles, solo con una denuncia de venta.https://inmobiliariamendocasa.com.ar/gestoria-del-automotor/

Parecen casos aislados, pero según la Dirección Nacional de los Registros Nacionales del Automotor y de Créditos Prendarios (Dnrpa) que depende del Ministerio de Justicia

Existen en la actualidad unos 200.000 vehículos entre autos y motos que circulan por el país sin los papeles correspondientes.

La cifra podría parecer simbólica, pero es solo un estimado. Incluso un dato ofrece una pista de lo significativo que podría ser el problema real delos bienes registrales: en la Dnrpa creen que el 40% de los autos que se transfieren no se venden en forma directa de vendedor a comprador, sino que los suelen dejar con un simple formulario firmado, el 08, a un intermediario forma lo informal.

Por ese motivo, a partir del 8 de octubre próximo nacerá la ya bautizada “cédula provisoria”, que buscará darle un encuadre legal a aquellos vehículos que hoy no lo tengan. Se trata de una cédula legal,como la verde o la azul, que servirá para circular sin impedimentos, pagar los impuestos sobre el bien y ofrecer la seguridad de que el titular es poseedor del auto o la moto registral. Además, en caso de accidentes también dará certidumbre jurídica sobre la responsabilidad civil.https://inmobiliariamendocasa.com.ar/gestoria-del-automotor/

Las limitaciones que tendrá este nuevo documento tienen que ver con la condicionalidad de otorgamiento, Se trata de una cédula que no podrá ser reutilizada por terceros y será obligatoria la renovación: vencerá al año. En la Dnrpa son enfáticos: esta posibilidad no sirve para regularizar delitos, sino situaciones de hecho, desidia o ignorancia. Si hay una denuncia de robo del dominio, no se podrá concretar el trámite. El trámite tendrá un costo de $670.

En el caso de quienes tengan en su poder un auto o una moto, pero no cuenten con el 08 firmado para inscribir la transferencia a su nombre podrán presentarse ante el registro del automotor donde se encuentra radicado el mismo y denunciar la situación (denuncia de compra o posesión). El trámite puede iniciarse digitalmente en www.dnrpa.gov.ar. Allí se sacará turno y se presentará una verificación policial y la documentación requerida (título y cédula o denuncia, manifestación de extravío,constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores, una declaración jurada donde se detallen las circunstancias donde adquirió el automotor, todo elemento que acredite la adquisición, un formulario 08 digital con la firma de la parte compradora). Este trámite puede hacerse además personalmente en el registro o a través de un mandatario matriculado.

Verificado todo en el registro, se enviará por correo electrónico una constancia electrónica de posesión (CEP), una certificación que da fecha cierta a la posesión y permitirá contar con una prueba central ante un posible juicio de usurpación. Se emitirá una cédula con vigencia de un año que no podrán usar terceros, se comunicará la inscripción a los órganos fiscales y enviará una carta documento o mail a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto para que firme el 08 o se oponga. Si este firma, se procederá con la transferencia. A la hora de renovar la cédula provisoria deberá presentar se otra verificación.https://inmobiliariamendocasa.com.ar/gestoria-del-automotor/

En caso de contar solo con una denuncia de venta previa, se realizará automáticamente una transferencia ordinaria si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador al que ahora presenta una denuncia de compra o posesión. En tanto, se hará una transferencia condicional, si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador a una persona distinta de la que ahora presenta una denuncia de compra o posesión, y si no existiesen impedimentos para transferir se inscribirá la transferencia con carácter condicional por el plazo de 24 meses. Vencidos ese plazo quedará firme.

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“Hoy se puede hacer cualquier trámite de un vehículo en no más de cinco minutos, y en muchos sin siquiera ir al registro”, afirmó Carlos Walter, director de la Dnrpa. “Hemos digitalizado y simplificado el registro automotor, bajamos los costos y ahora queremos regularizar unos 200.000 autos y motos, para que sus poseedores puedan circular legalmente y hasta ser dueños”, agregó Oscar Agost Carreño, subdirector de la Dnrpa.

Los registros automotores en cifras

Es la estimación que hacen en la Dnrpa sobre la cantidad de autos en situación irregular

$670 es e l costo del trámite

Según indicaron en la Dnrpa, es el costo del trámite para blanquear la propiedad

Los descuentos web

Desde que el 2 de mayo, cuando comenzó a descontarse el 40% del costo a aquellos que iniciaran su transferencia por la web, los usuarios se ahorraron cerca de $250 millones

40% de transferencias medidas

Es el porcentaje de transferencias que, estiman en la Dnrpa, se hacen con intermediarios

Firma digital

Justicia y Modernización comenzaron los trabajos para que los registros puedan ofrecer a todos sacar su firma digital

830 registros en el país

Es la cantidad de registros físicos en el país, pero hay 1021 encargadoshttps://inmobiliariamendocasa.com.ar/gestoria-del-automotor/

PLAN DE REGULARIZACIÓN DE POSESIÓN Y TITULARIDAD REGISTRAL

La Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor dispuso una serie de trámites -que entrarán en vigencia el 8 de octubre de 2018- para que los adquirentes de autos y motos que tengan en su poder el vehículo, pero no cuenten con un formulario 08 firmado para inscribir la transferencia a su nombre, puedan regularizar su situación y circular en la vía pública mientras dure ese proceso.

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En caso de que anteriormente el vehículo tuviera una Denuncia de Venta, se procede a transferir el vehículo. Si no hubiere Denuncia de Venta previa, se hace pública la posesión, se otorga Cédula para circular y se emite una certificación para poder regularizar la situación judicialmente.

–      El trámite debe iniciarse digitalmente en este portal web y deberá solicitarse un turno para concurrir luego al Registro de radicación.

–      Los usuarios que tengan firma digital podrán hacer el trámite sin concurrir al Registro correspondiente.

–       También puede ser realizado a través de un mandatario matriculado.

Requisitos:

a) Título y Cédula, o denuncia de su extravío.

b) Constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores (patentes).

c) Verificación policial.

d) Declaración jurada donde se detallen las circunstancias en que adquirió el automotor,consignando nombre y demás datos que tuviere de quien le otorgó la posesión y fecha de tradición. Además debe hacerse  una manifestación de que se asume las responsabilidades inherentes al dueño del automotor, por los daños y gastos que se pudieren haber causado con aquél desde la fecha de la tradición o que se causaren en el futuro, mientras continúe su posesión.https://inmobiliariamendocasa.com.ar/gestoria-del-automotor/

e) Todo otro elemento que acredite la adquisición, si lo tuviere (por ejemplo contrato de compraventa).

f)  Un formulario 08 digital, donde firmará la parte compradora.

-Concluido el trámite, el Registro entregará una “Cédula de poseedor”, con vigencia de un año, la que sólo podrá ser utilizada por esa persona. También se enviará por correo electrónico una Constancia Electrónica de Posesión (CEP). La misma es una certificación que da fecha cierta a la posesión y permitirá contar con una prueba central para un posible juicio de usucapión. Finalmente, se enviará una carta documento a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto. Por ese medio, lo citará para que firme el formulario 08 o para que se oponga.

– La Cédula emitida puede ser renovada a solicitud del poseedor, pero debe presentarse en esa instancia una nueva verificación del vehículo.

Si el titular registral hubiese practicado en forma previa una Denuncia de Venta en favor de quien ahora presenta la Denuncia de Compra y Posesión, y no existieren impedimentos,se transfiere el dominio.

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Si, por el contrario,el titular registral hubiese practicado en forma previa una Denuncia de Venta pero la persona declarada no fuere quien ahora presenta la Denuncia de Compra y Posesión, la transferencia se inscribirá con carácter condicional, por el plazo de 24 meses. Si el titular registral se opusiese a esa inscripción o un tercero de mostrare judicialmente tener un mejor derecho sobre el bien, se dejará sin efecto la inscripción condicional. Vencidos los 24 meses sin oposiciones, la inscripción quedará firme.https://inmobiliariamendocasa.com.ar/gestoria-del-automotor/